15 de diciembre de 2009

Tratamientos legales sobre la prostitución

Los distintos tratamientos que se han dado en materia de prostitución, en distintos países y momentos, se pueden resumir en tres:


El sistema reglamentarista

Desde esta postura, la prostitución, es un mal menor y necesario que se debe controlar y es el Estado el que asume el control de la actividad.

Su acción consiste en delimitar los espacios públicos y privados, sus horarios y características. Identifica y registra la oferta, y partiendo del reconocimiento del riesgo de contagio de ETS, arbitra un sistema de control médico, establece los mecanismos de supervisión, e intenta identificar los lugares clandestinos de comercio sexual.

La reglamentación establece derechos y obligaciones de las prostitutas, de los dueños de locales, de los clientes y autoridades civiles.

La reglamentación parte de la necesidad de proteger la higiene de la población y se llega a equiparar a las prostitutas como transmisoras de enfermedades. Se dice incluso, que en el plano ideológico, la reglamentación está orientada a garantizar al cliente el acceso a los servicios sexuales en condiciones de supuesta higiene, protegiendo con esto sus intereses.

La reglamentación se inició en Francia y su implantación es típica en los países latinoamericanos.

Desde esta posición, la prostitución cumple con una función pública. La prostitución femenina resulta ser una válvula de escape a una sexualidad masculina no canalizable de otra forma; proporciona compañía, aliviando la soledad del hombre y constituye un mecanismo de prevención de la violación y el abuso sexual a otras mujeres y a otras poblaciones vulnerables como los menores.
Para los reglamentaristas la ausencia de un Reglamento promueve una espiral de violencia (que constituye en muchos casos la vulneración de derechos fundamentales) que muchas veces es ocultada, favoreciendo la continuidad de una situación intolerable en un Estado de Derecho.


El sistema prohibicionista


La característica fundamental de este sistema es la represión penal. La política se centra en la acción policial ante cualquier oferta sexual que implique una retribución.

Para el Estado las personas que practican la prostitución son delincuentes que deben responder ante la Justicia y en el mejor de los casos rehabilitarse o reeducarse.

El bien jurídico protegido es la moral pública y las buenas costumbres. Las personas que ejercen la prostitución están equiparadas a los delincuentes, mientras que los clientes son vistos como víctimas de la invitación escandalosa y provocativa de las prostitutas.

Implica la creencia de que el instinto puede y debe satisfacerse sólo en el matrimonio, al mismo tiempo que tiene en cuenta las opiniones de la medicina moderna, según la cual un régimen de abstinencia sexual es, salvo casos muy excepcionales, compatible con un buen estado salud.

Este sistema es típico de los países anglosajones.



Sistema abolicionista

Este sistema se fundamenta en la consideración de que toda forma de prostitución es una explotación del cuerpo del ser humano y que la reglamentación de la actividad sólo consigue perpetuar esta injusticia.

Las personas que ejercen la prostitución no se consideran delincuentes, sino más bien víctimas del tráfico humano, necesitadas de ayuda que se presta desde el Estado a través de programas de tratamiento y reeducación.

Se inspira en principios humanitarios y se retoma como consecuencia del fracaso del prohibicionismo.

El sistema abolicionista persigue a aquellos agentes que inducen, mantienen, permiten y se benefician de la prostitución ajena.

Esta corriente tiene sus orígenes en el siglo XIX como parte del feminismo británico.









Y la voz de las prostitutas, ¿dónde está?

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